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Sentencia del Contencioso 4 de Oviedo sobre baremacion ECOE y MIR

No existe discriminación al otorgar puntuación diferente al titulo de Médico de Familia via MIR o ECOE, segun sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 4 de Oviedo como tampoco entiende discriminación por una asignación mayor de puntos en las alas por su falta de profesionales de cara a los meritos como demandante de empleo.

El tribunal menciona que el Pacto de Contrataciones contempla y ampara la diferente baremación entre MIR y ECOE en base a su distinta "experiencia" y cita además que ha sido incluida en el pacto segun propuesta sindical lo cual es falso siendolo unilateralmente por el propio Sespa. Sobre la baremación superior en otras Areas como Arriondas, Jarrio, etc... entiende el tribunal que es por la carencia de medicos y la dificultad para encontrarlos.

La modificación unilateral del Sespa del Pacto de Contrataciones para dar entrada a la nueva baremación de MIR y ECOE la tienes disponible en el siguiente enlace: RESOLUCION

Veremos como se reuelven otros recursos presentados, para ver si la doctrina es la misma.

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